Modalidad /Modalidades relativas a riesgos homogéneos que son asumidos por el asegurador. Se distinguen en función de cuál sea el objeto a asegurar en el contrato; Ejemplo: Vida, Incendio…
Instrumento del que se vale una aseguradora para compensar su cartera de riesgos, igualando u homogeneizando los mismos, mediante la cesión de parte de ellos a otras entidades. El reaseguro sirve par distribuir entre varios aseguradores los excesos de los riesgos, permitiendo al asegurador directo operar sobre un conjunto de riesgos muy parecidos, además de poder obtener participaciones de riesgos homogéneos de otras aseguradoras.
Red de asistencia sanitaria de la entidad
La lista de profesionales y centros sanitarios y hospitalarios concertados por la Entidad, que consta expresamente en los cuadros médicos distribuidos por la misma, vigentes en el momento de la asistencia dentro del ámbito territorial de cobertura de la póliza..
Acto por el que, por acuerdo entre las partes que han suscrito laEs la fórmula que aplica el asegurador en caso de siniestro cuando concurre en una póliza la situación de infraseguro o sobreseguro.
Acto por el que, por acuerdo entre las partes que han suscrito la póliza, las coberturas quedarán prorrogadas para un nuevo período de cobertura, normalmente un año, en las mismas condiciones anteriores. Como norma general los seguros se renuevan automáticamente y por lo tanto es requisito la voluntad expresa de una renovación de una de las partes para que el seguro quede anulado al vencimiento.
Operación que se da lugar en lagunas modalidades del seguro de vida, por la cual, por voluntad del asegurado, recibirá por parte de la entidad aseguradora la cantidad correspondiente a la provisión matemática constituida para el riesgo objeto de cobertura. De esta manera la póliza quedará totalmente rescindida.
Es la obligación que tiene una persona de reparar los daños y perjuicios producidos a otra como consecuencia de una acción u omisión, del mismo o de una tercera persona por la que tiene que responder (Ejemplo: un padre por su hijo menor de edad) y siempre y cuando haya habido culpa o negligencia en el causante del mismo.
En términos de seguros, podemos decir que riesgo "es la posibilidad futura e incierta de que por azar se produzca un evento desfavorable para una persona o su patrimonio".
Aquel que por su naturaleza es susceptible de ser asegurable, es decir, cumple con los caracteres de riesgo.
Es la apropiación de cosas ajenas cuando media fuerza en las cosas o violencia o intimidación en las personas, con el fin de obtener ánimo de lucro.